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Ascensores en hospitales, ¿qué dice la ley?

No hay duda de que los ascensores se han convertido en elementos indispensables en cualquier edificio y mucho más en aquellos con vocación y ayuda pública como son los hospitales. Desde las poleas primitivas hasta los actuales y sofisticados ascensores capaces de soportar centenares de kilos, éstos han evolucionado sobremanera pero ¿qué dice la ley al respecto?

Que un ascensor funcione en un hospital es vital, de eso no hay duda. Ya no solo porque transportan a las personas enfermas de una sala a otra o a la misma zona de operaciones, si no para el desplazamiento de familiares, amigos… y los profesionales mismos que trabajan en este tipo de centros. En cualquier caso, los ascensores deben ser seguros pero en hospitales esta palabra cobra mayor importancia si cabe.

Los ascensores que se instalan en hospitales no son hospitales al uso, ni mucho menos. Se les conoce como ascensores montacamas y están especialmente diseñados para el transporte de profesionales, enfermos y equipamiento médico. Su condición especial les obliga a cumplir la normativa europea vigente, en concreto las normas EN 81-20 y EN 81-50.

Sí que es cierto que dicha norma no pone como condicionante que todos los ascensores de todos los hospitales deban medir y pesar lo mismo, esto al fin y al cabo dependerá de las características propias del edificio del propio hospital. Eso sí, lo que sí controla es que hayan unas medidas en pro a la seguridad de los elementos que vaya a transportar, ¿qué quiere decir esto?

Pesos y medidas de ascensores de hospitales

Los ascensores de hospitales no toman como medida estándar los 75 kilos de peso medio de una personal al uso, sino que la aumenta a 100. Además obliga a contar con una superficie útil máxima de cabina de 0,37 metros cuadrados y una mínima de 0,28. Es decir en el caso de dos personas, la carga sería de 200 kilos y la superficie útil máxima de 0,58 metros cuadrados, así como la mínima de 0,49.

¿Cuál es el peso mínimo y máximo de carga especificada como nominal en los ascensores? La mínima en ascensores de hospitales se encuentra en 1.000 kilos y máxima en 6.000 kilos. En cuanto a superficies, hablamos de una superficie útil mínima de cabina para un ascensor con capacidad para 20 personas en 3,13 metros, y por encima de 20 pasajeros se añaden 0,115 metros cuadrados más por cada uno de ellos por lo que en una cabina de un ascensor para 30 personas la medida sería de 4,28 metros cuadrados.

Transformador regenerador

Los transformadores regeneradores son una opción que pueden disponer los ascensores de hospitales. Una fuente de alimentación eléctrica que igual funciona como la clásica máquina de tracción que como generador energético. Estos transformadores no solo reducen las llamadas corrientes armónicas sino también hasta un 35% en energía y la expulsión de centenares de dióxido de carbono.